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VISADOS PARA ESPAÑA

 

Visados para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España.

 

Los procedimientos y condiciones para la expedición de estos visados se encuentran recogidos en La Ley Orgánica 4/2000 y en su Reglamento, aprobado por R.D. 557/2011.

 

Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza.

 

 

VISADO DE ESTUDIOS

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/BAHIABLANCA/es/Consulado/Documents/Visado%20de%20estudios.pdf

VISADO DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/BAHIABLANCA/es/Consulado/Documents/Visado%20de%20residencia%20no%20lucrativa.pdf

VISADO DE RESIDENCIA PARA PRÁCTICAS

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/BAHIABLANCA/es/Consulado/Documents/Visado%20de%20residencia%20para%20pr%C3%A1cticas.pdf

VISADO DE RESIDENCIA Y TRABAJO DE DURACIÓN DETERMINADA

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/BAHIABLANCA/es/Consulado/Documents/Visado%20de%20residencia%20y%20trabajo%20de%20duraci%C3%B3n%20determinada.pdf

VISADO DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/BAHIABLANCA/es/Consulado/Documents/Visado%20de%20residencia%20y%20trabajo%20por%20cuenta%20ajena.pdf

VISADO PARA INVESTIGACIÓN

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/BAHIABLANCA/es/Consulado/Documents/Visado%20para%20investigaci%C3%B3n.pdf