VISADOS PARA ESPAÑA
Visados para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España.
Los procedimientos y condiciones para la expedición de estos visados se encuentran recogidos en La Ley Orgánica 4/2000 y en su Reglamento, aprobado por R.D. 557/2011.
Estos visados habilitan para residir, residir y trabajar, estudiar o investigar en España. Todos los extranjeros que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza.
VISADO DE ESTUDIOS
VISADO DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA
VISADO DE RESIDENCIA PARA PRÁCTICAS
VISADO DE RESIDENCIA Y TRABAJO DE DURACIÓN DETERMINADA
VISADO DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA
VISADO PARA INVESTIGACIÓN
