CONSEJERÍA DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL - PRESTACIÓN ECONÓMICA “NIÑOS DE LA GUERRA”
Se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español que, durante su minoría de edad, fueron desplazados al extranjero como consecuencia de la Guerra Civil, entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1939, que han desarrollado la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional. Ley 3/2005, de 18 de marzo.
- REQUISITOS - Además, hay que encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:
- Residir en el extranjero y percibir la prestación por razón de necesidad o reunir sus
- Residir en territorio español y percibir jubilación no contributiva o reunir sus
- Ser perceptor de pensión del extinguido SOVI o reunir sus
- No tener derecho a las pensiones anteriores por disponer de rentas o ingresos superiores al límite establecido para acceder a las mismas, pero de cuantía inferior al límite anualmente establecido para la prestación de “Niños de la Guerra”.
- CUANTÍA
Será variable y se determinará en función del importe de la pensión que se perciba y, en su caso, de las rentas o ingresos del solicitante, sin que pueda superar el límite anual establecido.
- PLAZO
No hay plazo determinado para presentar la solicitud inicial y cada año debe presentarse la "fe de vida" y, en su caso, la declaración de ingresos.
- DOCUMENTOS QUE SE APORTARÁN
- Solicitud debidamente cumplimentada (formulario disponible en oficinas y página web).
- Documento nacional de identidad (DNI y CI) del país de residencia del
- Pasaporte español vigente, en su caso, donde conste la inscripción como residente en el Registro de Matrícula Consular o, en su defecto, certificado de residencia
- Certificado literal de nacimiento que acredite la condición de español de (Cuando se haya perdido la nacionalidad española, se deberá acreditar haber sido español de origen al momento de salir de España).
- Documento oficial que acredite la fecha de salida de España. (Por ejemplo: Pasaporte personal, pasaporte familiar, en el caso de los que emigraron a cargo de sus padres, pasaporte de los padres, pasajes del medio de transporte empleado para el viaje, certificaciones de entidades internacionales o instituciones como la Cruz Roja Internacional o cualquier documento que pruebe la salida entre esas fechas).
- Declaración responsable de (formulario disponible en oficinas y página web) y documentos acreditativos de ingresos y certificaciones de organismos competentes:
- Tres últimos recibos de salario, jubilación, viudedad o cualquier otra pensión que perciba, correspondiente al año de presentación de la solicitud, en su
- Declaración de ingresos y constancia de inscripción en la AFIP, monotributo o autónomo, en su
- Constancia de otros ingresos percibidos (rentas, intereses bancarios, , en su caso.
- Certificado de ANSES por CI y por DNI emitido por el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y por el Registro Único de Beneficiarios (RUB).
Recordatorio importante:
No es necesario recurrir a los servicios de un gestor para ningún trámite en esta Consejería.
