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CONSEJERÍA DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL - PENSIÓN ASISTENCIAL POR ANCIANIDAD PARA ESPAÑOLES DE ORIGEN RETORNADOS

 

Es una pensión que pueden solicitar los españoles de origen residentes en la Argentina cuando retornan a España.

 

  • BENEFICIARIOS:
  • Los españoles de origen nacidos en España que, por motivos económicos, laborales o de cualquier otra naturaleza, salieron del país y establecieron su residencia en el
  • Los españoles de origen no nacidos en España que acrediten un periodo de residencia en España de 8 años previo a la presentación de la solicitud, siempre que ostentaran durante todo ese período la nacionalidad española.

 

  • REQUISITOS:

El derecho a la pensión asistencial por ancianidad para los retornados se reconocerá siempre que acrediten los requisitos para tener derecho a una pensión de jubilación en su modalidad no contributiva del sistema español de Seguridad Social, salvo el referido a los períodos de residencia en territorio español.

 

 

A diferencia de las prestaciones para los españoles residentes en el exterior que se tramitan esta Consejería, esta pensión se solicita directamente en España, en ocasión del retorno.

 

Para obtener más información acerca de la documentación básica que deberá presentar, así como  el   formulario  de   solicitud  y  las  declaraciones   responsables  correspondientes, recomendamos visitar el portal de la Ciudadanía Española en el Exterior:  https://ciudadaniaexterior.inclusion.gob.es/, en el apartado de “Actuaciones”, el enlace:

Pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retornados.

 

Recordatorio importante: No es necesario recurrir a los servicios de un gestor para ningún trámite. 

www.mites.gob.es/argentina

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